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14 de diciembre de 2023

Más sobre este tema

Concurso Nacional de Especialidades para médicos (CONE) (en proceso)

PENDIENTE ACTUALIZACIÓN 2024. Conoce todo sobre el CONE, concurso que permite a médicos que trabajen en Servicios de Salud o en APS de Salud Municipal accedan a la especialidad.


Resumen:
El Concurso Nacional de Especialidades para médicos o CONE es un concurso que permite que médicos cirujanos que trabajen en Servicios de Salud o en APS de Salud Municipal accedan a cupos en programas de especialización universitarios.
Está regido por distintas leyes:
  • La ley 19.378
  • El artículo 9 de la ley 19.664
  • La ley 15.076

Es decir, los médicos que postulen a este concurso deben estar contratados ya sea por la Ley Nº19.378, por el artículo 9º de la Ley Nº19.664 o por la Ley Nº15.076. Las bases que rigen el concurso se publican año a año siendo las últimas de Noviembre del 2022, rigiendo el CONE 2023.

El concurso considera múltiples rubros y criterios de evaluación según los cuales se otorgará un puntaje final, con este puntaje se realiza un listado con los postulantes quienes según su puntuación tendrán mayor o menor prioridad a la hora de elegir una plaza o beca.

Habiendo elegido la beca se accede al programa universitario de 3 o 4 años de duración. 

Una vez terminada la formación en la especialidad, se debe realizar el período asistencial obligatorio o PAO en alguno de los distintos establecimientos de los Servicios de Salud o en APS municipal según corresponda, por una duración del doble de la duración de la beca.

De manera excepcional, aquellos profesionales que realicen el PAO en los Servicios de Salud de: Arica, Iquique, Antofagasta, Aconcagua, Atacama, Bío-Bío, Arauco, Araucanía Norte, Aysén y Magallanes; tienen un PAO con una duración igual a la duración de la beca. 

Asimismo, la subsecretaría de redes asistenciales podrá definir un PAO menor para especialidades consideradas en falencia.La jornada laboral del PAO es de 44 hrs semanales con posibilidad de reducirla a hasta 22 hrs. semanales en caso de que se asuma otro cargo público o cuando la Dirección del Servicio de Salud lo determine, a solicitud del profesional, extendiendo el PAO por el tiempo proporcional restante.

Previamente el concurso se dividía en dos según si se trabajaba en APS o en un Servicio de Salud (CONE APS y CONE SS respectivamente).

Toda consulta respecto a este concurso se puede realizar a [email protected].


Documentos para descargar:

Bases CONE 2023


Cronograma CONE 2023:


​Requisitos para ingresar al CONE:
  • Tener nacionalidad chilena o certificado de permanencia definitiva en Chile.
  • Estar inscrito en la RNPI de la SIS.
  • Haber aprobado el EUNACOM.
  • Contar con al menos un contrato vigente Ley Nº 15.076, Ley 19.378 o art. 9 Ley 19.664 durante todo el proceso de postulación, adjudicación y realización del programa de formación.
  • Cumplir con los requisitos definidos por la ley que regule el contrato que se tenga.
  • No haber tomado una beca de especialización financiada por el MINSAL y haberla terminado anticipadamente por renuncia, rendimiento académico, incumplimiento de normas del centro o falta de aptitudes.
  • No contar con especialidad.
  • No tener contrato vigente en virtud del artículo 8º de la Ley 19.664 (EDF CONISS).

*Para el CONE 2023 se exige haber egresado entre el 2009 y el 2021.


La Ley Nº19.378 (Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal):

Exige un desempeño en APS por un lapso no inferior a 3 años continuos, sin considerar honorarios, tampoco se considera desempeño efectivo si existe un permiso sin goce de remuneraciones.Una vez cumplido este tiempo se puede postular al CONE e ingresar a un programa universitario de especialización.

El período asistencial obligatorio (PAO) o “devolución” de la beca tiene una duración del doble del tiempo de la duración de la beca, es decir, 6 u 8 años. El lugar de devolución varía según la especialidad estudiada, pudiendo ser en el municipio de origen o en el servicio de salud.


Especialidades con particularidades: 

  • Medicina Familiar
  • Medicina Interna
  • Obstetricia y Ginecología
  • Pediatría 
  • Psiquiatría Adulto 
  • Psiquiatría pediátrica y de la Adolescencia
  • Salud Pública 

En 2022 también se incluyó Urgencias, Neurología y Oftalmología


Aquellos profesionales que ingresen a las especialidades mencionadas, deberán realizar el PAO en su municipio de origen.Para ingresar a las especialidades mencionadas se permite un desempeño en APS de 12 meses continuos, a diferencia de los 36 meses exigidos en otro tipo de especialidades.

Los profesionales que ingresen a las especialidades mencionadas ingresan a estudiar la especialidad a través de “misiones de estudio”, es decir, mantendrán su calidad funcionaria (no calidad de becarios) y mantendrán su remuneración regida por la Ley Nº19.378. Esto también implica que no tienen derecho a un PAO inferior al doble de la duración de la beca, aun cuando este se realice en las zonas geográficas con mayor necesidad de especialistas (página 45 de las bases 2022).

Misión de estudio: Comisión de servicio en cuya virtud un profesional con contrato vigente en la APS Municipal, regido por la Ley Nº19.378, se desplaza a cumplir labores formativas para cursar su especialización, con una jornada laboral de 44 hrs. semanales con la obligación de retornar a su cargo de origen por lo menos por el doble de tiempo que esta haya durado. 

Cabe destacar que cuando el contrato municipal sea de jornadas inferiores a 44 hrs. semanales, la remuneración se mantendrá aun cuando los programas de especialización consideren una dedicación de 44 hrs. semanales.

Los profesionales que ingresen a un cupo en una especialidad distinta a las mencionadas anteriormente se incorporarán a los programas en los términos que señala el artículo 43 de la ley Nº 15.076, es decir, teniendo la calidad de becarios y rigiéndose por los decretos Supremos Nº 607 de 1990 y Nº 91 de 2001 del MINSAL. Estos profesionales tienen la obligación de realizar el PAO en el Servicio de Salud que le otorgue la beca (indicado en el listado de cupos), siendo posible también hacer el PAO en el municipio de origen si así lo define el Director del Servicio de Salud.

El establecimiento del Servicio de Salud donde se desempeñará el profesional se indicará a lo menos con 6 meses de antelación al término del programa de beca universitario.

Además, en caso de que el PAO se realice en las zonas geográficas con mayor necesidad de especialistas, tendrá la misma duración de la beca (es decir, 3 o 4 años), esto NO aplica para quienes se incorporen al programa de formación a través de misiones de estudio.

Asimismo, la subsecretaría de redes asistenciales podrá definir un PAO menor para especialidades consideradas en falencia.

Zonas geográficas con mayor necesidad de especialistas

  • Arica
  • Iquique 
  • Atacama (recién incorporado en últimas bases 2023) 
  • Antofagasta 
  • Aconcagua 
  • Bío-Bío 
  • Arauco 
  • Araucanía Norte 
  • Aysén 
  • Magallanes

Artículo 9º de la Ley Nº19.664:

Postular al CONE a través de un contrato por la ley Nº 19.664 considera básicamente las mismas reglas que ingresar a través de la Ley Nº 19.378. La diferencia radica en que la ley Nº 19.644 regula los contratos con un Servicio de Salud, en cambio, la ley Nº19.368 regula los contratos con una APS municipal.

​Por otro lado, la Ley Nº19.644 es la misma ley que regula el proceso EDF del CONISS, pero este se regula con el artículo 8.La diferencia consiste en que el proceso EDF del CONISS se regula con las bases CONISS, es decir, con criterios que son objetivos e imparciales que permiten que un profesional se incorpore a un Servicio de Salud para luego ingresar a un programa universitario. 

En cambio, el CONE regulado por el artículo 9º de la Ley Nº19.644, permite que el Servicio de Salud contrate directamente a profesionales según sus propios criterios, los cuales luego de trabajar en el mismo servicio pueden postular al CONE (que también tiene criterios objetivos e imparciales), e ingresar a un programa universitario en caso de obtener el puntaje necesario. 

Aquellos postulantes al CONE que se encuentren contratados por el artículo 9º de la Ley Nº19.664 deberán tener un desempeño en APS por un lapso no inferior a 36 meses (no considera honorarios). No se considera desempeño efectivo en caso de que exista un permiso sin goce de remuneraciones.

Se considerará como desempeño en APS aquel realizado en establecimientos de mediana y baja complejidad, consultorios, postas rurales u otras unidades semejantes.

En caso de desempeño en establecimientos de mediana complejidad, el subdirector médico del respecto servicio debe certificar que desarrolló labores de APS.

Al igual que en la Ley Nº19.378, las siguientes especialidades ya mencionadas exigen solo 12 meses de desempeño previo en APS para postular.

  • Medicina Familiar
  • Medicina Interna 
  • Obstetricia y Ginecología 
  • Pediatría 
  • Psiquiatría Adulto 
  • Psiquiatría pediátrica y de la Adolescencia 
  • Salud Pública 

*En 2022 también se incluyó Urgencias, Neurología y Oftalmología.

​Aquellos profesionales que realicen la beca mediante el CONE regido por el artículo 9º de la Ley 19.664 tienen la obligación de realizar el PAO en el mismo Servicio de Salud que otorga la beca o en el Servicio de Salud indicado en el listado de cupos disponibles, esto se informará con al menos 6 meses de anticipación al término del programa de formación. 

El PAO una duración del doble de la duración de la beca, es decir, 6 u 8 años. 

De manera excepcional, aquellos profesionales que hagan el PAO en una zona geográfica con mayor necesidad de especialistas (mencionadas previamente), pueden hacerlo por una duración igual a la duración de la beca, es decir, 3 o 4 años.

​Asimismo, la subsecretaría de redes asistenciales podrá definir un PAO menor para especialidades consideradas en falencia.

Esta ley no considera las misiones de estudio, es decir, no importa si se ingresa a las especialidades particulares ya mencionadas, siempre se ingresará a la especialidad en calidad de becario y se podrá realizar un PAO de igual duración que la beca en caso de que se realice en las zonas geográficas mencionadas o en caso de que sea una especialidad considerada en falencia por la subsecretaría de redes asistenciales.

Aquellos contratados por esta ley y según lo mencionado en el artículo 18 del Decreto Supremo Nº19/2001, los profesionales pueden disminuir la duración del PAO, haciendo valer el 50% de lo trabajado previo al ingreso de la beca (página 45 de las bases).Por ejemplo, si un médico contratado el artículo 9º de la Ley 19.644 trabaja 4 años previo al ingreso de la beca, su PAO disminuirá en 2 años.


Ley 15.076 
Ingresar al CONE mediante esta ley exige tener entre 4 y 6 años de ejercicio profesional contados desde la fecha de titulación.
En caso de profesionales titulados en el extranjero, se contabilizará el tiempo de ejercicio profesional en el país desde la fecha de revalidación del título.
Al igual que aquellos contratados por el artículo 9º de la Ley 19.664, los contratados por la Ley 15.076 tienen la obligación de realizar el PAO en el mismo Servicio de Salud que otorga la beca o en el Servicio de Salud indicado en el listado de cupos disponibles, esto se informará con al menos 6 meses de anticipación al término del programa de formación.
Al igual que la ley 19.644 y que aquellos médicos que ingresen a un programa de beca distinto a las especialidades mencionadas previamente, de manera excepcional, aquellos profesionales que hagan el PAO en una zona geográfica con mayor necesidad de especialistas (mencionadas arriba), pueden hacerlo por una duración igual a la duración de la beca, es decir, 3 o 4 años.


Importante: 

  • Las escuelas de postgrado de las diferentes Universidades establecen distintos requisitos para ingreso y permanencia en los programas de especialización, los cuales son independientes del CONE. 
  • Los postulantes deben habilitarse con las universidades en forma previa a la aceptación del cupo de especialidades de su interés.


Rubros a calificar:

  1. ​Rubro 1: Antigüedad laboral: 
    1. Anexo 1.1 Desempeño en urgencia y Camas Críticas (Ley Nº 15.076)
    2. Anexo 1.2 Desempeño en Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, Servicio Médico Legal o Secretaría Regional Ministerial de Salud (COMPIN, SML o SEREMIS) bajo la Ley Nº 18.834 o 17.076.
    3. Anexo 1.3 Desempeño en establecimiento de APS Municipal, Ley 19.378
    4. Anexo 1.4 Desempeño en la red de los Servicios de Salud
      1. Desempeño en establecimiento de mediana complejidad con labores de APS
    5. Anexo 1.5 Resumen Desempeño Previo: Información de contrato horas de desempeño y establecimiento.
    6. Anexo 1.6 Esquema de Antigüedad Funcionaria: Ordenar en tiempo y espacio el desempeño para que se contabilice la totalidad de su antigüedad.
  2. Rubro 2: Actividad Laboral complementaria:
    1. Anexo 2.1 Atención de urgencia no hospitalaria: Desempeño en SAPU, SAPUR, SAR y SUR
    2. Anexo 2.2 Extensión horaria
    3. Anexo 2.3 Desempeño en urgencia hospitalaria
    4. Anexo 2.4 Desempeño en Camas Críticas (UCI-UTI)
  3. Rubro 3: Funciones de responsabilidad
    1. Anexo 3: Funciones de responsabilidad
      1. 3.1 Esquema de Funciones de Responsabilidad: Ordenar en tiempo y espacio el desempeño del profesional para resguardar que se contabilice en la totalidad sus funciones.
  4. Rubro 4: Desempeño en Zona Extremaa
    1. Anexo 4: trabajo en Zona Extrema. Se consideran las siguientes regiones:
      1. Arica y Parinacota 
      2. Tarapacá 
      3. Antofagasta
      4. Aysén
      5. Magallanes y Antártica Chilena
        1. *Se consideran las siguientes Provincias:PalenaChiloe Isla de Pascua*Se consideran las siguientes comunas:Juan FernandezCochamó
  5. Rubro 5: Calificación Médica Nacional (CMN)
    1. Anexo 5 CMNi. Para titulados en universidades extranjeras, se debe presentar la nota de promedio final de la carrera con la escala de evaluación de la Universidad que identifique la nota máxima y la nota mínima de aprobación, las que serán homologadas a la escala chilena.
  6. Rubro 6: Actividades de formación médica continua
    1. Anexo 6: Indicar cursos con nota y cantidad de horas y programas de postgrado en caso de tenerlos.
  7. Rubro 7: Investigación y Docencia
    1. Anexo 7.1 Cuadro resumen de trabajos de investigación
    2. b. Anexo 7.2 Desempeño en instituciones docentes
  8. Trabajo Comunitario y Posta Rural 
    1. Anexo 8.1 Proyectos
    2. Anexo 8.2 Trabajo con grupos organizados de la comunidad 
    3. Anexo 8.3 Trabajo en Posta Rural 
      1. Esquema de trabajo en posta rural

Postulación:
La postulación se realiza de manera online en la página web postulacionenlinea.minsal.cl.Los detalles sobre cómo subir la documentación puede encontrarse en las bases CONE 2023, Artículo 10º: Presentación de los Antecedentes, página 11-17.
Los detalles sobre cómo se obtienen los puntos de cada rubro pueden encontrarse en las bases CONE 2023, Artículo 14º: Rubros y Criterios de Evaluación, página 19-39.
Una vez subida la documentación en la página web, se realiza un listado provisorio con los nombres de los postulantes y su puntaje.


Apelación:

Se puede apelar al puntaje en caso de considerar que no sea el correspondiente según lo detallado en el artículo 14º. En esta fase solo se pueden mandar documentos aclaratorios de los ya mandados, no se puede subir información nueva.

En caso de rechazarse la apelación, se reenviará el caso a una comisión de apelación la cual confeccionará posteriormente el listado de puntajes definitivos.

Para más información ir a Bases CONE 2023, artículo 16º: Reposición y apelación en subsidio, página 40.


Adjudicación de becas de especialidad:

Se ofrecerán los cupos de especialidad en un primer llamado a viva voz, con toma de cupo a través del Sistema de Postulación en Línea.

Para más información ir a Bases CONE 2023, artículo 19º: Adjudicación de cupos de Especialización, página 42.


Término anticipado del programa de formación:

Esto puede darse por:

  • Renuncia 
  • Faltas de aptitudes requeridas
  • Mal rendimiento académico
  • Incumplimiento de obligaciones
  • Situación de salud del profesional o de familiar que dependa de él

En estos casos, el profesional está obligado a reembolsar los gastos que haya efectuado el Servicio de Salud por el tiempo de permanencia en el programa y los derivados del incumplimiento, todo esto incrementado en un 50%.En el caso de renuncia por situación de salud, el subsecretario de redes asistenciales está facultado de eximir la obligación de reembolso.


Consideraciones del período asistencial obligatorio (PAO):

  • Aquellos contratados por la ley Nº19.378 que ingresen a las especialidades ya mencionadas previamente (es decir, los que realizan “misiones de estudio” y no como becarios), realizan el PAO en su municipio de origen por una duración del doble de la duración de la beca, sin excepciones. 
  • Aquellos contratados por la ley Nº19.378 que no ingresen a las especialidades ya mencionadas, es decir, que se incorporen como becarios al programa de formación, tienen la obligación de realizar el PAO en el Servicio de Salud que le otorgue la beca (indicado en el listado de cupos), siendo posible también hacer el PAO en el municipio de origen si así lo define el Director del Servicio de Salud. Esto es por el doble de la duración de la beca, salvo que sea en las zonas geográficas con mayor necesidad de especialistas o en el caso de que se realice una beca considerada en falencia por la subsecretaría de redes asistenciales y se defina un PAO menor para estas.
  • Los contratados por el artículo 9º de la Ley 19.664 y los contratados por la Ley 15.076 tienen la obligación de realizar el PAO en el mismo Servicio de Salud que otorga la beca o en el Servicio de Salud indicado en el listado de cupos disponibles, esto se informará con al menos 6 meses de anticipación al término del programa de formación. El PAO tiene el doble de la duración de la beca, salvo que sea en las zonas geográficas con mayor necesidad de especialistas (PAO igual a la duración de la beca) o en el caso de que se realice una beca considerada en falencia por la subsecretaría de redes asistenciales y se defina un PAO menor para estas.
  • La jornada de desempeño del PAO es de tiempo completo, salvo que se asuma algún otro cargo público pudiendo ser de 22 hrs semanales. 
  • En caso de que el profesional lo solicite y la Dirección del Servicio de Salud lo determine pueden realizarse 22 hrs semanales, extendiendo el PAO por el tiempo proporcional restante.
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